Noticias sobre la primera desamortización de la edad moderna
La iglesia leonesa en 1540 se encuentra con el acuerdo entre Carlos V y el Papado por el que se permite la enajenación de los señoríos eclesiásticos, lo que posteriormente se conocerá como desamortización en el siglo XIX. El término “desamortización” no es apropiado para este momento histórico ya que en este caso no se busca un rescate de las fincas del régimen de manos muertas para incorporarla al libre mercado, ni tampoco tenía el fin fiscalizador. En este siglo lo que se perseguía con esta enajenación de propiedades es la cesión para el otorgamiento a la clase burguesa de una serie de derechos jurídicos y económicos, a cambio de que la corona obtenga beneficios por esas compras.
De este modo la Iglesia inicia un proceso de perdida de derechos señoriales, pero no iba a perder sus derechos sobre la tierra, ya que lo que se van a producir son arrendamientos o foros, lo que podríamos denominar relaciones contractuales y no señoriales.
Los señoríos solariegos, por ejemplo, debían pagar diezmos como tributos ya fueran en dinero o especies como trigo, centeno, cebada,... además de una serie de prestaciones personales como la realización de transportes a favor del dueño en los carros particulares, trabajos en tierras del propietario, prestación del terreno para pasto de ganado,...
Pese a esta modificación administrativa el poder eclesiástico en este siglo sigue siendo de primer orden y en el día a día apenas se perciben estos cambios.
DIEGO FIDALGO
De este modo la Iglesia inicia un proceso de perdida de derechos señoriales, pero no iba a perder sus derechos sobre la tierra, ya que lo que se van a producir son arrendamientos o foros, lo que podríamos denominar relaciones contractuales y no señoriales.
Los señoríos solariegos, por ejemplo, debían pagar diezmos como tributos ya fueran en dinero o especies como trigo, centeno, cebada,... además de una serie de prestaciones personales como la realización de transportes a favor del dueño en los carros particulares, trabajos en tierras del propietario, prestación del terreno para pasto de ganado,...
Pese a esta modificación administrativa el poder eclesiástico en este siglo sigue siendo de primer orden y en el día a día apenas se perciben estos cambios.
DIEGO FIDALGO